Mejoras para los que exportan servicios
EL BCRA flexibiliza el mecanismo de acceso a dólar billete para freelancers hasta u$s24.000
El Banco Central alargó el plazo de opción de los freelancers para acceder a dólar billete hasta u$s24.000 anuales, con una nueva flexibilización del cepo, antes habían 5 días de plazo desde que se emitía la factura E y se cobraba, hasta la fecha que entra la plata a la Argentina, ahora ese plazo paso a 20 días.
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La Comunicación A 8116 sobre Comercio Exterior, publicada por el Banco Central, es una nueva mejora para los exportadores de servicios.
La norma establece que la no obligatoriedad de la pesificación de los dólares cobrados por servicios en el exterior, que tiene un máximo de u$s24.000 por año calendario, ahora tendrán tendrá un plazo de opción de 20 días. El plazo anterior era de 5 días.
Para acceder a este beneficio, se debe acudir al banco donde se tiene cuenta, adherirse a la resolución del Banco Central y solicitar que los fondos se acrediten en la cuenta en dólares.
Recordemos que pasamos por tres etapas: 1- la cobranza solo entraba pesificada a valor dólar oficial, con gran prejuicio para el freelancer
2- se permitió que 12.000 dólares entren en dólar billete a la cuenta en dólares del exportados
3 La adecuación permite ahora cobrar hasta u$s24.000 por año calendario en sus cuentas locales en dólares, sin obligación de liquidarlos en el mercado oficial de cambios (MLC).
La norma anteriormente permitía solo u$s12.000.
Así, el BCRA amplió el monto por el que las personas humanas no tienen obligación de liquidar los cobros de exportaciones de servicios, de u$s12.000,00 a u$s24.000,00 por año calendario en el conjunto de entidades bancarias.
Esta adecuación es una respuesta a la necesidad de mayor flexibilidad en la política cambiaria, facilitando así las operaciones de los exportadores de servicios. aún falta mucho más para este sector de trabajadores apara el exterior
Recordamos que, si no se utiliza completamente el límite de 24000 dólares, se puede aprovechar el saldo restante hasta fin de año.
Al respecto, es posible mantenerse en el régimen de Monotributo como exportador de servicios, o bien optar por el régimen general de IVA Ganancias y autónomos, ya que las exportaciones están exentas de IVA y el impuesto provincial sobre los Ingresos Brutos.
Cuidado, no se debe emitir factura E de exportación de servicios, si la cobranza de esa venta al exterior, no entra en el sistema bancario argentino, no liquidar las divisas en el país de las ventas al exterior, tiene penalidades del banco central.