¿Sos Contribuyente cumplidor de Afip? , pedí el beneficio
Es para todos los monotributistas, autónomos y Mipymes que no tengan deuda y que hayan presentado todas las declaraciones juradas correspondientes desde 2017 hasta agosto de 2020. En este momento hay una importante Moratoria Afip, pero esta vez se premia a quienes no entren en la moratoria y sean cumplidores.
Se solicita en la misma página Afip, opción “Beneficio cumplidor”, hay que analizar que beneficio se elige, puede ser:
a) Exención de Monotributo.: se exime en el pago mensual de la parte impositivo desde enero 2021 y se realizará en cuotas mensuales y consecutivas con un tope de $17.500. El beneficio varía de acuerdo a cada categoría.
b) Deducción especial en el Impuesto a las Ganancias. En el caso de los autónomos, hay una deducción de sus ganancias netas de un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible. Se podrá usar para la ddjj 2020 que vence en junio 2021
c) Micro y Pequeñas Empresas – Amortización acelerada. Las micro y pequeñas empresas pueden realizar amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.
Para elegir la opción, se debe pensar y analizar la situación de cada contribuyente.
Hay tiempo hasta el 30 de noviembre.