Siradig
¿Cómo cargar la deducción por gastos de educación?
Te damos un paso a paso para deducir, del impuesto a las ganancias, los gastos educativos de tus hijos, los gastos por servicios y herramientas con fines educativos.
La ley de presupuesto 2023 -L. 27701- introdujo modificaciones en el impuesto a las ganancias. Entre otras, estableció, para las personas humanas, una deducción por gastos educativos que operará hasta el límite del 40% de la ganancia no imponible.
La AFIP ya implementó la nueva versión del servicio web “SiRADIG – Trabajador” que permite aplicar la mencionada deducción.
A continuación podrás encontrar la guía paso a paso con el procedimiento a realizar para informar gastos por servicios y herramientas con fines educativos.
Guía paso a paso
- Ingresá con tu CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal. Buscá e ingresá al servicio “SIRADIG – Trabajador”.
- Una vez dentro del servicio, deberás seleccionar la persona por la cual presentarás el formulario y el período de presentación. Luego tendrás que iniciar un nuevo borrador y completar, validar o modificar los datos personales y de tu empleador, o continuar con una carga previa.
- Para la carga de los gastos educativos deberás presionar en “3 – Deducciones y desgravaciones” y luego ingresar en “Agregar deducciones y desgravaciones”. Finalmente, de las opciones desplegadas, deberás cliquear en “Gastos de educación”.
- En la pantalla emergente deberás completar los datos del emisor de la factura (institución educativa, librería, etc.): CUIT, tipo de gasto (servicio educativo o herramientas) y período. El monto total se determinará en base a la suma de los comprobantes que se cargarán en el paso 6 de esta guía.
- Luego tendrás que seleccionar el familiar a quien corresponde el gasto, presionando en el botón “Seleccionar familiar”
- Para terminar, deberás indicar los datos de los comprobantes que respalden el gasto, presionando en el botón “Alta de comprobante”.
Gastos educativos
Se consideran gastos educativos a las sumas abonadas por las cargas de familia o por hijos mayores de edad, hasta 24 años, que sean residentes en el país, cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio y no tengan en el año ingresos netos superiores a la ganancia no imponible, en concepto de:
– Servicios con fines educativos: servicios prestados por establecimientos educacionales públicos o privados incorporados a los planes de enseñanza oficial referidos a la enseñanza en todos los niveles y grados, y de postgrado para egresados de los niveles secundario, terciario o universitario, así como a los servicios de refrigerio, de alojamiento y de transporte accesorios a los anteriores, prestados directamente por los establecimientos con medios propios o ajenos.
También se incluyen a las clases particulares sobre materias incluidas en los referidos planes de enseñanza oficial, impartidas fuera de los establecimientos educacionales y con independencia de estos y las guarderías y jardines materno-infantiles.
– Herramientas con fines educativos: útiles escolares, guardapolvos y uniformes.
Fecha límite de presentación
Recordamos que hasta el 31 de marzo, inclusive, se podrá presentarse el Formulario 572 a través del servicio con clave fiscal “SiRADIG – TRABAJADOR”
Consultas a info@estudiopiacentini.com.ar o 155143-5065