Se están renovando los certificados pymes automáticamente y por eso te llegaran mails desde ventanilla electrónica
La renovación del certificado pyme y sus beneficios es un trámite que ahora AFIP lo hace de manera automática al cuarto mes del cierre de ejercicio.
El contribuyente no debe hacer nada.
Si quiere puede chequear y consultar los datos de las ventas que se están informando en cada período fiscal que surge de lo declarado en el IVA antes del día 20.
En el caso de los monotributistas, no figura ningún importe ya que por su tope de facturación siempre van a ser considerados microempresas.
Este tipo de notificaciones llegan todos los meses de acuerdo al cierre de ejercicio de cada contribuyente. Ahora en abril se renuevan la categorización de todos los sujetos que cierran ejercicio en diciembre: personas físicas inscriptas en IVA, monotributo, exentos en IVA, y las sociedades que cierren ejercicio en ese mes. Quedan exceptuadas las asociaciones, fundaciones y consorcios.
Procedimiento
Al quinto día del cuarto mes al cierre del ejercicio, llega un mail de AFIP a través de e-ventanilla informando que ya está disponible el formulario para la renovación de la categorización como pyme y sus beneficios:
Primer mail que llegara:
En lo referido a la solicitud del beneficio de ingreso diferido del saldo resultante de la DJ de IVA, se mantendrá la opción elegida en el form. vigente anterior. Para modificarlo deberás ingresar en el F1272 y tildar la opción deseada.
A partir de esta reinscripción y con la presentación del F1272 se autoriza a la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores a compartir la información del Legajo Único Financiero y Económico que centralizará los principales indicadores económicos, financieros y patrimoniales a organismos públicos, entidades financieras y/o de crédito públicas o privadas a los fines de contemplarlas como potenciales beneficiarías de los programas de inclusión financiera y herramientas de crédito que esa u otras instituciones promuevan y para una reducción de carga operativa y costos asociados. En caso de optar por que tu información no sea compartida, ingresa en el F1272 y manifiéstalo de forma expresa.
El día 21 de ese mismo mes, llega otra notificación comunicando que ya se le transmitió esa información a Sepyme para que finalice la categorización.
Segundo mail:
De acuerdo al trámite de renovación automática del Certificado MiPyME, ya fue transmitida la información necesaria a la SEPYME para su análisis, y la reinscripción de la empresa en el Registro de Empresas MiPyMES. Para más información, consultá el art 15 de la Resolución SECPYME N 220/19, y el art 2 de la Resolución General AFIP N 4642/2019.
Por último, va a llegar un tercer mail con el resultado de la nueva categorización correspondiente a modo de ejemplo:
Señor Contribuyente: Le informamos que se ha procesado su solicitud presentada mediante un F1272 identificado como 842588457 la cual fue “Aprobada” por la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, en virtud a lo establecido en el Art. 1° de la Resolución 24 del 2001 de fecha 15 Feb 2001 de la precitada Secretaría. Por tal motivo le informamos que se ha registrado la categoría Micro Empresas Ley 25300.
Y así el contribuyente queda bienvenido a un nuevo año de certificado Pyme.
Consultas a info@estudiopiacentini.com.ar o 155143-5065