RECORDAMOS QUE VENCE EL PRIMER ANTICIPO DE GANANCIAS Y BIENES PERSONALES DE PERSONAS HUMANAS
1º ANTICIPO DEL PERIODO FISCAL 2021
Terminación de CUIT | Fecha de vencimiento |
0–1–2 y 3 | 24/08/2021 |
4–5 y 6 | 25/08/2021 |
7–8 y 9 | 26/08/2021 |
Los anticipos
Son importes a cuenta de determinados tributos al que está obligado un ciudadano, siendo exigibles hasta la fecha de presentación de la respectiva declaración jurada. Estos pagos se descuentan del monto determinado de la obligación principal al momento de su vencimiento. El monto mínimo para ingreso de anticipos es de $ 1.000
Las personas físicas y sucesiones indivisas deberán determinar e ingresar 5 anticipos en concepto de pago a cuenta del impuesto que les corresponda abonar.
Se puede solicitar la reducción de anticipos:
La opción de reducción de anticipos podrá ejercerse cuando se estime que el impuesto del apo 2021 será menor al determinado en el año anterior.
A los efectos de hacer uso de esta opción los responsables deberán:
- Ingresar al servicio con clave fiscal “Cuentas Tributarias”.
- Seleccionar la opción “Reducción de Anticipos”, en la cual una vez indicado el impuesto y el período fiscal, se consignará el importe de la base de cálculo proyectada.