OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA. Se incrementan las percepciones
La Resolución General AFIP 5450/2023 incrementa al 100% la percepción dispuesta en la Resolución General AFIP 4815/2020 para las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS. Las mismas revisten la condición de pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, excepto que se trate de Monotributistas no inscriptos en dicho gravamen que la computarán contra Bienes Personales.
Asimismo, se mantiene la percepción adicional del 25% de Bienes Personales para personas humanas. Los demás sujetos la imputarán como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.
Cabe destacar que las percepciones practicadas entre el 23 de noviembre y el 31 de diciembre de 2023 serán computables en las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2024.
En resumen, las operaciones quedarán gravadas según el siguiente detalle:
-Adquisición de moneda extranjera, servicios turísticos, transportes y compra de bienes y servicios en el exterior o prestados por residentes en el exterior: 30% Impuesto PAIS + 100% Percepción 4815 + 25% Percepción 4815
-Servicios personales, culturales y recreativos: 30% Impuesto PAIS + 100% Percepción 4815 + 25% Percepción 4815
-Importación de combustibles, lubricantes, insumos vinculados a la generación de energía: 30% Impuesto PAIS + 100% Percepción 4815 + 25% Percepción 4815
-Servicios profesionales, financieros, informáticos, empresariales: 25% Impuesto PAIS + 100% Percepción 4815 + 25% Percepción 4815
-Fletes vinculados a la importación y exportación: 7,5 % Impuesto PAIS + 100% Percepción 4815 + 25% Percepción 4815
-Importación de mercaderías del MERCOSUR: 7,5 % Impuesto PAIS + 100% Percepción 4815 + 25% Percepción 4815
Las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 23/11/2023.
Cómo queda el precio del “dólar Tarjeta” y “dólar Ahorro”: los detalles punto por punto
De esta manera el blue, el dólar Bolsa, el Ahorro y el Tarjeta tienen un valor entorno a los $ 1.000,-
En lo que respecta al dólar oficial, la devaluación del día fue de 0,05% y lo llevó a $ 374,51 y en el caso del mayorista ajustó 0,14% para pasar a $ 356,95
De esta forma y debido al esquema de liquidación vigente (50% mercado oficial – 50% CCL) los exportadores puede acceder a un tipo de cambio del orden de los $ 640.
la resolución de la Afip que aumentó las percepciones trae aparejadas algunas decisiones que perjudican a los contribuyentes.
Si bien el cobro del impuesto se aplicará sólo sobre las compras realizadas a partir de hoy, la devolución de los gravámenes fue postergado hasta el ejercicio 2025 lo cual por efecto de la inflación licuará su valor.
Las percepciones del 45% y 25% que se practicaron hasta el 22 de noviembre podrán ser computadas en las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del Período Fiscal 2023 que vencen en junio 2024.
En cambio, las percepciones del 100% y del 25% que se practiquen desde el 23 de noviembre hasta el 31 de diciembre podrán ser computadas en las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del Período Fiscal 2024 que vencen en junio 2025.
Dado que el monto de las percepciones no se ajusta por la inflación ni genera intereses a favor del contribuyente, las mismas quedarán totalmente licuadas por la inflación, esto tiene un perverso efecto licuación. Me cobran hoy y lo computo dentro de 17 meses. Disparate.