Novedades en asignación por maternidad
ANSeS: Nueva opción para el cobro de la Asignación por Maternidad
Las trabajadoras pueden optar por continuar en actividad hasta 10 días antes del parto y acumular los 80 días restantes después del nacimiento.
En el marco de la Ley 27.742 (Ley de Bases), la ANSeS ya habilitó la opción para que las trabajadoras en relación de dependencia que soliciten la Asignación por Maternidad ahora tienen la opción de continuar trabajando hasta 10 días corridos antes de la fecha de parto, reservando los 80 días restantes para después del nacimiento, totalizando así los 90 días de licencia permitidos por ley.
Este cambio fue introducido por la ley bases que modificó el artículo 177 de la ley de contrato de trabajo. El mencionado artículo establece que:
“Queda prohibido el trabajo del personal femenino o persona gestante durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo.
Sin embargo, la persona interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a diez (10) días; el resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto. En caso de nacimiento pretérmino se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se hubiere gozado antes del parto, de modo de completar los noventa (90) días.”
Por lo tanto, la trabajadora embarazada tiene dos opciones:
Opción 1
Licencia antes del parto | Licencia después del parto |
45 días | 45 días |
Opción 2
vigente desde el 09/07/2024
Licencia antes del parto | Licencia después del parto |
10 días | 80 días |
Asignación Familiar por MATERNIDAD
Durante los 90 días de licencia la trabajadora, si bien no cobra remuneración por parte del empleador, si tiene derecho a cobrar una Asignación Familiar por maternidad.
La trabajadora debe notificar previamente al empleador a partir de las 12 semanas de embarazo, presentando un certificado médico que indique la fecha probable de parto y el tiempo de gestación. Posteriormente, debe gestionar la solicitud ante ANSES completando y presentando el Formulario PS. 2.55.
Es esencial iniciar el trámite antes de comenzar la licencia para poder cobrar en término la Asignación Familiar por Maternidad, que es un monto igual al salario bruto completo que cobraría la trabajadora si continuaría trabajando.
La solicitud puede realizarse en persona con turno o de manera virtual a través de la Atención Virtual de ANSES.
La ANSES abona la Licencia por Maternidad a todas las mujeres en relación de dependencia y titulares de la Ley de riesgos del Trabajo de empresas incorporadas al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) y a la trabajadora de Casas Particulares (Servicio Doméstico) durante el transcurso de la licencia por maternidad otorgada por el empleador.
Si bien la asignación puede solicitarse ante la ANSES hasta el mismo día en que finaliza la licencia, se recomienda presentar la solicitud antes de su inicio, a fin de que el pago de la asignación acompañe el transcurso de la misma.
La Asignación por Maternidad consiste en el pago de un monto igual a la remuneración bruta que le hubiera correspondido percibir a la trabajadora durante el período de Licencia Legal en el empleo con motivo del parto.
Es decir, que durante la licencia por maternidad, la ANSES paga la Asignación por Maternidad que es el equivalente al sueldo bruto de la trabajadora, si hubiese seguido trabajando.
Casos de Pluriempleo
Cuando la trabajadora se desempeña en más de un empleo, tiene derecho a la percepción de esta Asignación Familiar en cada uno de ellos.
Para saber más sobre la Asignación por Maternidad y cómo hacer el trámite en ANSeS puede ver el siguiente Artículo.
Licencia por maternidad y obra social
Durante la Licencia por Maternidad y mientras percibe la Asignación por Maternidad, no se efectúan a la trabajadora aportes ni contribuciones patronales a las obras sociales.
No obstante la Ley 23.660 establece que el carácter de beneficiario subsistirá mientras haya contrato de trabajo o relación de empleo público, y por ende es obligación de la obra social prestar los servicios de salud que correspondan.
Asignación Familiar por PRENATAL
La Asignación familiar por Prenatal es el pago que realiza la ANSES durante los meses de gestación y hasta el mes que se produzca el nacimiento o interrupción del embarazo.
Asignación Familiar por NACIMIENTO
El nacimiento también da derecho al cobro de una Asignación Familiar por Nacimiento, que también la paga la ANSeS.