MyPymes con certificados pendiente por no declarar activo
Nuevo micrositio para finalizar el trámite |
Informamos que la AFIP habilitó un nuevo micrositio para aquellas pymes que deban declarar activo por desarrollar una actividad alcanzada por el tope de activos (Resolución N° 220/19 de la SEPYME) y que tengan pendiente la aceptación o el rechazo de la solicitud F. 1272. Si ya se hubiese presentado el trámite por TAD y en caso de contar con el Certificado Pyme, no es necesario realizar ningún otro trámite. Pero, si al querer descargar el certificado apareciera un mensaje que comunica que la solicitud se encuentra pendiente, habrá que completar el trámite para que la misma sea procesada. La CUIT consultada se encuentra alcanzada por tope de activo por poseer actividad inmobiliaria, financiera o de seguros según la normativa vigente. En estos casos, habrá que verificar que los activos relacionados con la actividad no superen los $193.000.000. Esta verificación se realiza, para las personas físicas, a partir de la última DDJJ vencida del impuesto a los bienes personales. Si no se es Sujeto del Impuesto a los Bienes Personales: en caso de no estar obligado a presentar la DDJJ del impuesto a los bienes personales, se deberá informar el monto total del activo afectado a la actividad en https://activo.pyme.produccion.gob.ar/ Si se es Sujeto del Impuesto a los Bienes Personales: en caso de haber realizado la correspondiente presentación con posterioridad a la presentación del F. 1272 habrá que solicitar la baja del registro MiPyme para rectificar el formulario F. 1272 y que la solicitud sea reprocesada. Si no se hubiera realizado dicha presentación, habrá que regularizar la situación ante la AFIP y pedir la baja del registro MiPyme para rectificar el formulario F. 1272 y que la solicitud sea reprocesada. Las actividades alcanzadas por límite de Activos son: 641 Intermediación monetaria 643 Fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares 649 Servicios financieros excepto los de la banca central y las entidades financieras 651 Servicios de seguros 652 Reaseguros 653 Administración de fondos de pensiones 661 Servicios auxiliares a la actividad financiera, excepto a los servicios de seguros 662 Servicios auxiliares a los servicios de seguros 663 Servicios de gestión de fondos a cambio de una retribución o por contrata 681 Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes propios o arrendados 682 Servicios inmobiliarios realizados a cambio de una retribución o por contrata Para finalizar el trámite hay que ingresar al micrositio activopyme.produccion.gob.ar con CUIT y número de transacción del último F. 1272 presentado. Luego, hay que cargar el monto del activo afectado a la actividad económica y una vez cargada la información, se emitirá un mensaje a partir del cual se podrá descargar el “Formulario Total de Activos”. Recomendamos esperar 24 hs. desde la presentación. El trámite debe ser realizado por todas las personas físicas alcanzadas por tope de activos que no se encuentren obligadas a declarar bienes personales y que tengan detenida la obtención del Certificado Pyme por no haber informado los activos afectados a la actividad a través del TAD. Finalmente, si se detectara un error en la información del activo, el contribuyente deberá rectificar la presentación del F. 1272 y, posteriormente, volver a informar activo. Se debe esperar a recibir la respuesta en el DFE para luego poder realizar la rectificativa. |