Monotributistas: se reglamenta el Registro de Locaciones de Inmuebles
AFIP reglamenta la implementación del Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI) para monotributistas.
Mediante la Resolución General 5545, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece la implementación y reglamentación del Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI) en el marco de los incentivos fiscales previstos por la Ley N° 27.737 para el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes y otros impuestos relacionados con la locación de inmuebles.
Puntos destacados de la norma:
- Obligación de Registración: Los locadores que deseen acceder a los incentivos fiscales deberán registrar sus contratos de locación en el servicio RELI dentro de los 15 días posteriores a la firma del contrato.
- Modificaciones y Actualizaciones: Cualquier modificación o actualización del valor de la locación también deberá ser registrada dentro de los 15 días.
- Consultas y Constancias: Los contratos registrados podrán ser consultados en línea, y se emitirá una constancia con un código identificador para cada contrato registrado.
- Registros Anteriores: Los contratos ya registrados bajo la anterior normativa no requieren re-registro, a menos que haya modificaciones.
- Plazo y Vigencia: Los interesados podrán registrar contratos previos a la vigencia de esta resolución hasta el 30 de septiembre de 2024 para hacer uso de los incentivos fiscales.
- Esta medida se enmarca en la Resolución General 5545/2024, publicada en el Boletín Oficial hoy, y surge a partir del Decreto 70/2023 que derogó la ley de Alquileres 27.551. A partir de ahora, los propietarios no tendrán que inscribir sus contratos en el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)” para que sean válidos.
- No obstante, la nueva resolución de la AFIP establece que aquellos contribuyentes que deseen acceder a beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, sobre los Bienes Personales y a las Ganancias -previstos en la ley 27.737– deberán declarar sus contratos de alquiler en el RELI antes del 30 de septiembre de 2024 o en un plazo de 15 días posteriores a su celebración. Esta declaración se deberá realizar a través de la página web del organismo.
Vigencia
Esta resolución abroga las anteriores normativas (Resoluciones Generales 4.933 y 4.967) y entrará en vigencia el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el 13 de agosto de 2024.
Resolución General 5545/2024