Ley de Alivio Fiscal ¿A quiénes se los considera contribuyentes cumplidores? ¿Qué beneficio pueden gozar?
Se entiende que un contribuyente reviste la condición de cumplidor cuando al momento de entrada en vigencia de la ley de alivio fiscal no registre incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas, como tampoco en el pago de las obligaciones tributarias desde los períodos fiscales iniciados a partir del 1/1/2018.
Los beneficios consisten en eximición del componente impositivo para monotributistas, una deducción adicional para las personas humanas equivalente al 50% del mínimo no imponible y la posibilidad de que las micro y pequeñas empresas puedan realizar la amortización acelerada por inversiones efectivizadas hasta el 31/12/2022 en bienes muebles amortizables y en obras de infraestructura.
Los referidos beneficios fiscales no resultan acumulativos, debiendo, optarse por alguno.