Informe Nro. 41 – 12 de octubre de 2021 Lo más relevante de la semana en materia contable – impositiva
ACCESO A CRÉDITOS TASA CERO PARA MONOTRIBUTISTAS
Recordamos que el Gobierno flexibilizó los requisitos para que los monotributistas puedan acceder a los créditos a tasa cero 2021:
Se dejaron sin efecto las condiciones de elegibilidad referidas al monto máximo de facturación a considerar y al mismo tiempo se eliminó el requisito para los sujetos que presten servicios al sector público nacional, provincial o municipal.
A su vez, se dispuso que no serán elegibles quienes hubieran aumentado la categoría en la que se encuentren inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes al momento de la solicitud, respecto de la categoría del solicitante vigente al día 30 de junio de 2021.
AFIP – MORATORIA PARA MONOTRIBUTISTAS:
REGULARIZACIÓN DE DEUDAS EN HASTA 60 CUOTAS
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 30 de noviembre el plazo para que los monotributistas accedan a la moratoria que les permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%.
Los contribuyentes pueden regularizar a través de los planes de pago obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021. La moratoria también permite reformular planes de pago vigentes para acceder a las condiciones de plazos y tasas previstas en la nueva herramienta.
Para poder adherir a la moratoria los pequeños contribuyentes deberán tener declarados ante la AFIP el Domicilio Fiscal Electrónico y la CBU de la cuenta bancaria de la que se debitará cada una de las cuotas.
AFIP HABILITA NUEVA LÍNEA TELEFÓNICA PARA DENUNCIAS
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó la línea 0800 999 3368 para denuncias por casos de trabajo ilegal, explotación infantil y servidumbre que se encuentra activa las 24 horas del día.
El nuevo canal de contacto es anónimo y gratuito y la información que se brinde será completamente confidencial. Esta línea se suma al correo electrónico para denuncias: tratalaboral@afip.gob.ar
AGIP: MEDIDAS DE ALIVIO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Recordamos que el Gobierno porteño impulsó, a través de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), una serie de beneficios fiscales temporales para determinadas actividades económicas, con el objetivo de generar alivio fiscal a los sectores más afectados por las consecuencias económicas y financieras derivadas de la Pandemia COVID-19: hotelería, gastronomía, servicios de internación, actividades culturales, gimnasios y guías de turismo y salones de fiestas y convenciones.
Serán requisito para la solicitud del reconocimiento de la mayoría de los beneficios fiscales previstos, la inscripción del domicilio de explotación en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE) y tener habilitado el Domicilio Fiscal Electrónico.
AGIP: REGISTRO DOMICILIO DE EXPLOTACIÓN (RDE)
Se encuentra disponible el aplicativo que le permitirá cumplir con el registro de su domicilio de explotación. El domicilio de explotación es el inmueble en el cual el contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ejerce o desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica.
El registro es de carácter obligatorio para las siguientes personas:
a) Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Categoría Locales.
b) Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributen bajo las normas del Convenio Multilateral, en la medida que posean establecimiento, local, sucursal u oficina situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c) Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, excepto aquellos comprendidos en los términos del artículo 272 del Código Fiscal (t.o.2020).
d) Contribuyentes exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de octubre de 2021