Informe Nro. 3 – 18 de enero de 2021 Novedades Contables e Impositivas – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Monotributo: AFIP extendería el plazo para la recategorización hasta el 31 de enero
FECOBA informa que, si bien aún no ha sido publicada la Resolución formal de la medida, mientras en el Congreso avanza el debate para actualizar las escalas y las cuotas del monotributo ajustándolas hasta un 35,3%, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prevé extender, hasta el 31 de enero próximo, el plazo para la recategorización en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes.
La resolución general que será dictada en los próximos días no afectará la obligatoriedad de la recategorización, es decir, que los contribuyentes deberán registrarse en la categoría que se adecúe a sus parámetros.
Recordamos que las escalas y alícuotas no fueron oportunamente actualizadas debido a la suspensión de la Ley de Movilidad jubilatoria durante 2020 (ésta es utilizada para adecuar una vez al año los parámetros del monotributo). Y, a partir de esa falta de actualización, en las últimas semanas surgieron dudas entre los contribuyentes y contadores sobre la recategorización. Ahora, las modificaciones se realizarán mediante la sanción del proyecto enviado al congreso por el Poder Ejecutivo, ya que las categorías y alícuotas solo pueden adecuarse por una norma con rango de ley.
El proyecto de ley enviado al congreso abordaría distintas problemáticas estructurales que aquejan a los monotributistas, y las modificaciones apuntarían a armonizar la transición entre el régimen simplificado para pequeños contribuyentes y el régimen general, tanto en términos administrativos como en cuanto a los montos de las obligaciones a afrontar.
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Régimen Simplificado 2021 CABA – Recategorización y escalas
Recategorización cuatrimestral que podrá realizarse hasta el 31 de enero de 2021
Desde FECOBA informamos que la recategorización cuatrimestral sólo deberá realizarse en caso de que haya cambios que modifiquen la categoría (nivel de facturación, superficie y energía eléctrica consumida) por lo que recomendamos previamente, comprobar si la actual categoría corresponde con los parámetros de la escala vigente.
Recordamos que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó, con el Código Fiscal 2021, un aumento de los topes para tributar Ingresos Brutos por el Régimen Simplificado y que, partir del 1° de enero del corriente 2021, se pueden incluir operaciones por hasta $ 1.739.493,79.
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) estableció los valores tope de ingresos de las 8 categorías de la nueva escala y modificó el precio unitario máximo de venta resultando $29.119,56. Los otros parámetros que establece la norma respecto de superficie y consumo de energía permanecen con los mismos valores.
El nuevo cuadro es el siguiente:
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Impuesto sobre los Ingresos Brutos en Ciudad Autónoma de Buenos Aires Creación del Régimen de Promoción para el Desarrollo de la Actividad Audiovisual y Artística en la Ciudad
Desde FECOBA informamos que fue creado el Régimen de Promoción para el Desarrollo Económico de la Actividad Audiovisual y Artística de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de fomentar el crecimiento de su infraestructura y el desarrollo territorial de ésta área geográfica de la Ciudad mediante el otorgamiento de beneficios impositivos.
Régimen Promocional: Se crea el Distrito Audiovisual y de las Artes de la Ciudad de Buenos Aires y se establecen beneficios impositivos en el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos e Inmobiliario, entre otros. Recordamos que el citado régimen regirá hasta el 31/01/2035.
Fuente: Ley Nº 6.390 (BO 11/01/2021)
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AFIP: Libro de IVA digital obligatorio para todos
A partir del período diciembre de 2020, están obligados a utilizar el “Libro de IVA Digital” todos aquellos responsables inscriptos que no estaban obligados a su utilización con anterioridad, según lo establece la Resolución General (AFIP) 4597 en su artículo 25.
Los contribuyentes habilitados para utilizar esta herramienta encontrarán en el menú principal de la web de AFIP la opción “Portal IVA”. Al ingresar a este ítem, se visualizarán todos los comprobantes electrónicos de compra y de venta que se emitieron durante ese período.
El contribuyente podrá ajustar de forma manual esta información y cargar comprobantes nuevos (es importante recordar que AFIP chequeará que la información ingresada coincida con la registrada digitalmente). Al finalizar este paso, se podrá presentar el Libro de IVA Digital.
En caso de no haber registrado movimientos de compra ni de venta en ese período, el Libro de IVA Digital deberá presentarse de todas formas y se deberá tildar en tal caso la opción “Sin Movimiento”.
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SIRADIG TRABAJADOR 2021
La AFIP habilitó el período fiscal 2021 del servicio web “SIRADIG Trabajador” que permite ingresar las deducciones y cargas de familia.
Para acceder a la última versión del “Manual del usuario. SIRADIG Trabajador” y conocer los pasos a seguir para que el trabajador presente el F. 572 clic AQUÍ
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AGIP – Prórroga de cuotas
Según lo establecido por la Resolución (AGIP) 5/2021, se consideran abonadas en término hasta el día 29 de enero de 2021, las cuotas del Plan de Facilidades de Pago normado por el Decreto Nº 606/1996, cuyo segundo vencimiento operó el día 30 de diciembre de 2020.
Asimismo, cabe destacar que la ausencia de pago en término de las cuotas detalladas precedentemente, producirá de pleno derecho la caducidad del acogimiento al plan.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de enero de 2021. FECOBA agradece especialmente a la Cdora. Elisabet Piacentini por su aporte en la elaboración de este informe semanal que permite mantener actualizados a nuestros asociados en materia contable-impositiva.