Impuesto a las Ganancias de los sueldos: se incrementa el mínimo no imponible y las deducciones especiales para el año 2019
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el incremento de un 20% en el mínimo no imponible y la deducción especial del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores, lo que generará en los próximos pagos menos retenciones, o incluso, la devolución de las mismas.
Los nuevos importes anuales incrementados, son los siguientes:
Ganancia no imponible [art. 23, inc. a)] $ 103.018,79
Deducción especial [art. 23, inc. c)] $ 494.490,17
También se aumentan proporcionalmente, las deducciones por servicio doméstico y alquiler.
Atención:
- Las deducciones de cargas de familia (cónyuge e hijos) no han sido incrementadas.
- La presente medida es de aplicación inmediata para los sueldos del corriente mes de agosto pero no obstante, requiere la ratificación de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
En relación a las diferencias que surjan en la liquidación de haberes ante la aplicación de los nuevos importes, si las mismas generaran saldo a favor de los sujetos retenidos, deberán ser reintegradas en 2 cuotas iguales en los meses de septiembre y octubre de 2019, debiendo figurar en el recibo de sueldo correspondiente bajo el concepto “Beneficio Decreto 561/2019”.
Fuente: Resolución General Nº 4546/2019 (B.O.16/08/19)