Importadores vence el 10 de enero la declaración de deuda
Enero de 2024 |
Padrón de Deuda Comercial con Proveedores del Exterior (DJDI) |
Les recordamos que la Declaración Jurada de Deuda de importaciones puede cargarse en la web de AFIP hasta el 10 de enero de 2024. Es importante destacar que es obligatorio completarlo para aquellas empresas que quieran acceder a algunas de las herramientas que ofrece, o nuevos instrumentos que se pueda implementar, el gobierno nacional. El Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), lanzado esta semana a través de una resolución conjunta de la AFIP y la Secretaría de Comercio, incluyó la creación del Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior, diseñado para contar con información actualizada de la deuda comercial de los importadores con proveedores del exterior. Los importadores que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes o de servicios tienen hasta el 10/01/2024, inclusive, para informar en el Padrón su deuda acumulada. La información allí consignada tendrá carácter de declaración jurada y será vinculante. El registro de deuda también está abierto para quienes, habiendo tenido deuda con proveedores del exterior, hayan logrado cancelarla mediante otros mecanismos que no implican el giro de divisas. De este modo queda asentado el cumplimiento total de las obligaciones de pago asociadas a esas operaciones. Según Afip: Los sujetos que, teniendo pasivos comerciales por importaciones, no efectúen la correspondiente declaración en el Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior en tiempo y forma —o bien, falseen o adulteren la información allí vertida— no podrán acceder a los mecanismos de cancelación disponibles, quedando su deuda sujeta a una ulterior evaluación, una vez regularizada la situación. Más información: www.afip.gob.ar/sedi Resolución General Conjunta N° 5466/2023 Padrón de Deuda Comercial por Importaciones. RG 5466. Consejos prácticos para la carga: Para completar el Padrón, AFIP publicó un Manual para el registro de la Declaración Jurada de Deuda de Importadores DJDI. el cual pueden descargar desde ACÁ La información de la deuda deberá remitirse mediante un archivo “.CSV” y aunque haya un manual la carga en “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior” ha generado algunas complicaciones, es por eso que recopile una serie de TIPs compartidos por los colegas en el día de ayer y que creo pueden ser de gran utilidad, pueden leer todos los comentarios desde contadoresenred.com/resolucion-general-conjunta-5466-2023/#comments Si no los deja ingresar y pide que revisen las credenciales, tengan en cuenta que demora unas 24 hs. en estar en funcionamiento el servicio “DECLARACIÓN JURADA DEUDA DE IMPORTACIÓN – RG5466/2023”. Tema Plazos Los importadores que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes o de servicios tienen hasta el 10/01/2024, inclusive, para informar en el Padrón su deuda acumulada, este plazo debería reverse, en vista a la gran cantidad de errores y problemas que se están produciendo. • Hacerla en formato Excel. • Tienen que ser si o si 7 columnas en tal caso la que no tengan información que aportar la dejan en blanco (solamente pasa donde le asignan la letra a la operación que es generalmente la letra S luego de esa va una columna en blanco) • En la primera columna se debe consignar el nro. de destinación a consumo (despacho) NO el nro. de Sira • En moneda colocar el CODIGO SIM (Sistema María) Sólo para dólar y Pesos es alfabética (DOL, PES) el resto son tres dígitos numéricos por ejemplo Yuanes 061 • Si el dato volcado es numérico, hay que configurar la celda en “formato Texto” para que tome el 0 a la izquierda • La fecha de acceso al MULC debe estar actualizada y pasar la celda a formato texto • Cuando se termina de generar el archivo se guarda como CSV • Luego a ese archivo CSV generado, lo deben abrir como Block de notas y luego del último dígito de la última línea y hacer “suprimir” y volver a guardar…. se genera un espacio invisible. • Cada vez que se modifique el archivo y lo guarden como CSV lo deben volver a abrir como block de notas y volver a suprimir luego del último número de la línea final • Por último, lo que deben cargar en el monto adeudado es lo que figura en aduana no el de la factura hay un error recurrente en las operaciones en yuanes que no coinciden los montos por como toma el costo del flete, por ejemplo. Ese dato lo sacan de la base que tiene el banco o la afip como adeudado. • Consignar el importe con “.” (punto) para el decimal, por ejemplo: DOL 18365.25 y NO 18365,25 Otras experiencias y aclaraciones: Cecilia: Para los que tenían error en fecha: en mi caso, el problema era q había omitido el campo “importe parcial”… ahí puse 0.00 y listo. Otro tema, q me di cuenta a lo último, después del cuit NO VA “;”. Natalia: Fijarse de no tener una línea en blanco en el txt antes de pasarlo al formato csv. Armar archivo en Excel, pasa los datos al bloc de notas, y fíjate que no quede un renglón en blanco al final del archivo, el cursor no debe ir más allá de la línea con tus últimos datos. Cuando tengas eso, pones guardar como, en Tipo de archivo le pones todos, y al documento ponerle el nombre con extensión .csv Ana: Comparte los códigos de divisa, ya que algunos tienen el error de divisa inexistente Código – Descripción – Código SIM BOLI – BOLIVAR – 023 CHEC – CORONA CHECA – 024 CNY – YUAN – 061 CONO – CORONA NORUEGA – 015 COSU – CORONA SUECA – 016 DANE – CORONA DANESA – 014 DINA – DINAR – 025 DOAU – DOLAR AUSTRALIANO – 026 DOCA – DOLAR CANADIENSE – 018 DOL – DOLAR USA – DOL EURO – EURO – 060 FLOR – FLORIN (AH) – 028 FRSU – FRANCO SUIZO – 009 GUAR – GUARANI – 029 LIES – LIBRA ESTERLINA – 021 NEOZ – DOLAR NEOZELANDES – 063 PBOL – PESO BOLIVIANO – 031 PCOL – PESO COLOMBIANO – 032 PECH – PESO CHILENO – 033 PEME – PESO MEXICANO – 010 PES – PESO ARG – PES PURU – PESO URUGUAYO – 011 RAND – RAND – 034 REAL – REAL – 012 RUB – RUBLO RUSO – 062 SHEK – SHEKEL (ISRAEL) – 030 SOLP – NUEVO SOL PERUANO – 035 YENS – YENS – 019 Errores detectados 3039 – El campo CUIT Ordenante de Pago posee un formato incorrecto. 3046 – El archivo contiene operaciones duplicadas. 3027 – Fecha MLC informada no coincide con fecha de Secretaria – Declaración no exceptuada. 3026 – Fecha MLC informada no coincide con fecha de Secretaria – Plazo inicial distinto de cero: Debería colocarse la fecha que se indicaba en el MOA de acceso al MLC. 3032 – Formato incorrecto, se esperaban 7 campos y se encontraron 1 (línea 4): En todos los renglones debe haber 7 campos. Si no hay deuda parcial poner 0 (cero). Borrar el espacio que queda en la última línea donde supuestamente está ese campo. 3017 – La Declaración Anticipada invocada debe estar en estado “SALIDA”: se debe informar la deuda que tenga pendiente que esté despachada. Si solo tiene la SIRA sin afectar, no la tiene que informar. 3031 – Se ha producido un error, ejecute nuevamente. También se produce, en algunos casos un error al querer adherir al servicio: “El contribuyente debe cumplir con la restricción del paquete EMP_VALIDA.PC_EMPEXISTENTE” Este error se soluciona dando de alta el servicio utilizando la opción “Nueva Relación” en vez de utilizar la opción “Adherir servicio”. |