Habilitación de cobertura para PyMEs que realicen importación de insumos y bienes de capital
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) informa que las pequeñas y medianas empresas que importan insumos y bienes de capital para sus actividades productivas podrán constituir un depósito a la vista remunerado por la variación del dólar oficial (conocido como dólar linked) desde el momento del despacho a plaza y hasta la fecha de efectivo pago, por hasta el monto total del pago que debe realizar.
De esta manera, las PyMEs podrán tener una cobertura de simple y fácil acceso. Las PyMEs deberán tramitar la cuenta en el mismo banco con el que realizan las operaciones de comercio exterior.
Nota completa:
El Banco Central (BCRA) informó el día 26 de este mes, mediante la Comunicación A7874, que las pequeñas y medianas empresas (con certificado MiPyMe) que importan insumos y bienes de capital para sus actividades productivas, podrán acreditar en una cuenta especial depósitos a la vista en pesos remunerado por la variación del dólar oficial.
Los montos permitidos tendrán que ver con los montos facturados según condición de compra (Incoterms), que se encuentren registrados en el SEPAIMPO pendientes de pago desde el 01/01/23 hasta el día 26/10/23.
Los depósitos se deberán mantener en la cuenta especial desde el despacho a plaza hasta el día de acceso al MULC (Mercado único y libre de cambio).
La solicitud de la apertura de la cuenta especial se deberá realizar en el mismo banco donde se encuentre el pendiente de pago al exterior o bien contar con una certificación del banco nominado para realizar la apertura en otra entidad.
La entidad financiera deberá contar al momento de realizar la acreditación de fondos con los siguientes elementos:
- Una certificación del monto pendiente de cancelación emitida por la entidad encargada del seguimiento de la oficialización generada por el SEPAIMPO.
- Una declaración jurada por parte del cliente dejando constancia que la suma depositada no podrá exceder el monto de la operación a cancelar.
A efectos de determinar el monto en pesos que se podrá depositar, se deberá calcular el monto en dólares al tipo de cambio de referencia (A3500) del cierre del día hábil previo. En el caso de que el pago se deba efectuar en otra moneda, se realizará el arbitraje de la misma y se calculará su monto en dólares estadounidenses.
Asi Al realizar un depósito que se irá ajustando en función de las variaciones del dólar oficial, se elimina la diferencia que se generaba entre la fecha de oficialización del despacho y la fecha en que se habilitaba el acceso al MULC.