Día de paro de transporte no se descuenta del sueldo
Laboral. Medidas para los trabajadores afectados por la interrupción del servicio público de transporte automotor de pasajeros para el AMBA
Establecen que los trabajadores afectados en su movilidad el viernes 7 de julio de 2023 conservarán el derecho al goce íntegro de sus ingresos habituales.
No se podrá descontar el día ni el presentismo.
Resolución (MT) Nº 887/2023 (BO 10/07/2023)
Los trabajadores comprendidos en la presente deberán acreditar dicha condición ante su empleador, debiendo en caso de divergencias interpretativas, resolverse la cuestión por la vía del diálogo social entre empleadores, o sus representantes, y las organizaciones representativas de trabajadores.
La medida se refiere a los trabajadores afectados en la concurrencia a sus puestos de trabajo como consecuencia de la retención de tareas llevada a cabo por la UTA que afectó el servicio público de transporte automotor de pasajeros para el AMBA, y el bloqueo por parte de un grupo de personas que responden al gremio -APDFA- de los “Talleres Castelar”, desde las 03:50 y hasta las 09:30 h, aproximadamente, que impidió durante ese período la salida de formaciones de trenes de la Línea Sarmiento.