Devolución de saldos a favor de Ingresos Brutos – Agip
Te contamos cuales son los requisitos y los pasos a seguir para realizar el trámite
Tipos de trámites:
- Solicitud de devoluciones o compensaciones por Saldo a favor menores a $ 2.000.000
- Solicitud de devoluciones o compensaciones por Saldo a favor mayores a $ 2.000.000
Permite al contribuyente solicitar reintegro, compensación o traslado del saldo a favor. Dicho pedido se someterá a un proceso de verificación fiscal, para proceder a la validación o, en su defecto, a la desestimación del mismo.
El contribuyente puede presentar ante la Administración el Recurso Repetición y/o Compensación, cumpliendo con determinados requisitos.
Sujetos que pueden solicitar el tramite:
Persona física o jurídica sobre la que recae la obligación tributaria.
Solicitud de devoluciones o compensaciones por Saldo a favor menores a $ 2.000.000
Requisitos:
- Haber presentado todas las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
- Saldo a favor acumulado menor o igual a $2.000.000.
- Inexistencia de deuda judicial.
- Inexistencia de deuda como agente de recaudación, incluyendo multas.
- No revestir el carácter de concursado o fallido.
- No registrar un cargo de fiscalización abierto.
- No registrar acogimientos a planes de facilidades de pago cuyo estado sea vigente.
- No hallarse inscripto en los diversos Distritos Económicos y/o Regímenes de Promoción Económica vigentes.
- No haber presentado y obtenido una devolución mediante el presente procedimiento dentro de los noventa (90) días del pedido respectivo, conforme la reglamentación que a tal efecto dicte la Dirección General de Rentas.
Solicitud web:
- Ingresá con CUIT y Clave Ciudad a la página web de AGIP y selecciona el servicio “Nueva Cuenta Corriente Tributaria”.
- Selecciona la opción “Operaciones” y luego “Devolución SAF”.
- Se realizarán en línea los controles de los requisitos para acceder a la devolución.
- En caso de presentar inconsistencias, se especificarán y podrás subsanarlas volviendo a generar la solicitud.
- Superado los controles, podrás visualizar el detalle del saldo.
- Completa los datos de CBU, donde se depositarán los fondos. Se validará en línea que el titular de la cuenta sea el responsable del tributo o representante legal.
- Revisa que la compensación sea correcta y confirma.
- Una vez confirmado, se generará el comprobante del trámite realizado, que podrás descargar.
IMPORTANTE: Recorda que si contás con un Saldo a Favor en el impuesto superior a los $2.000.000, deberás efectuar el trámite de devolución mediante el servicio TAD, con CUIT y Clave Ciudad desde la página web de AGIP.
Solicitud de devoluciones o compensaciones por Saldo a favor mayores a $ 2.000.000
Documentación obligatoria:
- 1. DNI del firmante
- Formulario para alta de cuentas devoluciones “La cuenta debe ser de titularidad única”
- Certificación bancaria o captura de pantalla del Homebanking en donde figure número de cuenta y CBU
- Nota de Actividad
Documentación Adicional:
- Poder de representación Certificado
- Estatuto
- Acta de designación de autoridades certificada
- Estados Contables (con firma original del profesional interviniente, certificados por el Consejo Profesional respectivo, en caso de corresponder)
- Listado de Ventas (Listados de Ventas / compras en formato Excel de los períodos con saldo a favor, en caso de corresponder)
- Documentación Adicional (demás documentación que respalde la solicitud a modo de prueba; podrá ser comprobante, certificado, facturas, constancias, etc.)
Solicitud Web:
- Ingresar con CUIT y Clave Ciudad a la página web de AGIP.
- Ingresar al servicio “TAD – Jefatura de Gabinete de Ministros”.
- En el buscador de trámites ingresar “Solicitud devoluciones o compensaciones de Ingresos Brutos por Saldo a favor mayores a $ 2.000.000”.
- Una vez reunida la documentación requerida, hacer clic en “Iniciar Trámite”.
- Completar los datos y adjuntar la documentación requerida.
- Una vez completo, hacer clic en “Confirmar Trámite”.
- A través del Expediente que se genera, la solicitud será analizada por las diferentes áreas del Organismo.
Plazo de resolución:
- Para tramite por saldos a favor inferiores a $2.000.000: acreditación en 96 horas hábiles.
- Para tramite por saldos a favor superiores a $2.000.000: no hay un plazo definido. En la práctica, tardan años en devolver.
–– Marco normativo: