Devolución de percepciones por pagos tarjeta dólar
🚨✅ATENCION: AFIP habilitó la opción para solicitar la devolución de percepciones de Ganancias y Bienes Personales por compra de moneda extranjera y gastos en el exterior.
👉Se trata de las que fueron realizadas durante el año 2023. No hay plazo de vencimiento para la solicitud!
📍Pueden solicitar la devolución aquellos empleados que no hayan sufrido retenciones en sus recibos de sueldo durante el mismo año y quienes no estén inscriptos en el impuesto.
📝Empleados con retenciones de Ganancias en 2023, deben informar las percepciones 2023 en el SIRADIG para que el empleador devuelva en la liquidación anual (en mayo 2024).
📝 Inscriptos en el impuesto (empleados o autónomos) pueden computar las percepciones en la DDJJ anual a presentar en junio 2024 (considerando que las practicadas entre el 23/11 y 13/12 van en la siguiente DDJJ con vencimiento en 2025).
¿Cómo realizar la solicitud de devolución?
Se podrá solicitar la devolución de las percepciones que tengan código 217 o 219 y que correspondan a los regímenes 591 a 600, inclusive, cuando estas no puedan ni deban computarse como un pago a cuenta de ganancias o bienes personales.
Los sujetos habilitados para solicitar las devoluciones deberán ingresar, con clave fiscal nivel 2 o superior, al servicio “Devolución de percepciones”. Dentro de ese servicio podrán visualizar y seleccionar las percepciones del período mensual que fueron realizadas y se encuentran informadas por el agente de percepción.
En el supuesto de que hubiera percepciones no informadas, el sistema permitirá su incorporación manual. En estos casos, el contribuyente deberá contar con toda la documentación respaldatoria que avale tal solicitud, la que podrá ser solicitada para su verificación.
IMPORTANTE
Los sujetos a quienes, por error del agente de percepción, se les hayan realizado percepciones bajo un código de impuesto en el que no se encuentren inscriptos, podrán solicitar la devolución.
Antes de iniciar la solicitud de devolución, las personas deben:
Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
Informar ante la AFIP el CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada.
Poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
Consultas a info@estudiopiacentini.com.ar o 155143-5065