Declaraciones juradas informativas 2023 – nuevo mínimo
Ganancias Brutas, obligación de realizar la presentación de las Declaraciones Juradas Informativas de Ganancias y Bienes Personales Las personas empleadas en relación de dependencia, quienes desempeñen cargos públicos, las personas jubiladas y pensionadas, se encuentran obligadas a presentar su declaración informativa de Bienes Personales y/o Impuesto a las Ganancias, por los montos correspondientes a las ganancias brutas -sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas-. La norma alcanza a: Cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. Magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial nombrados a partir del 2017 Trabajo en relación de dependencia Jubilación Pensión Retiros o subsidios en cuanto tengan su origen sea el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto Asignaciones mensuales y vitalicias reconocidas a presidentes y vicepresidentes de la Nación Trabajo personal de socios de sociedades cooperativas de trabajo Exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores Presentación por Régimen Simplificado: Podrán optar quienes, además de obtener exclusivamente ingresos por las actividades mencionadas precedentemente, hayan obtenido en el curso del período fiscal que se declara rentas por: Actividades como monotributista Actividades u obligaciones gravadas por el impuesto cedular Exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias. En dicha declaración jurada informativa se deberán informar: – Total de ingresos, – Total de gastos, – Deducciones admitidas y – Retenciones sufridas. Se encuentran obligados cuando el importe bruto de las rentas – sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas – obtenidas en el año fiscal, resulte igual o superior a los importes que se detallan a continuación: Período Fiscal Ganancia Bruta $ 2023 15.917.863,58 2022 6.600.000,00 2021 3.700.000,00 2020 2.500.000,00 2019 2.000.000,00 2018 1.500.000,00 2017 1.000.000,00 2016 500.000,00 2015 300.000,00 2007 a 2014 144.000,00 (1) Importe publicado por la AFIP en su página web mediante la consulta frecuente ID 12766887. Para tener en cuenta: En caso de estar obligado únicamente a la presentación de la declaración jurada informativa del Impuesto a los Bienes Personales y/o Ganancias, no corresponderá la inscripción en los mencionados impuestos. |