Asignaciones y Prestaciones no contributivas – Requisito de residencia en el país
A través de la Resolución 918/2024, ANSES estableció el requisito de residencia en el país para la obtención y/o percepción de las prestaciones no contributivas de la seguridad social o asignaciones, sin fijar un plazo específico de permanencia.
Así, se considerará que la persona titular o generadora de derecho, según corresponda, ni cumplirá el requisito cuando se ausente del territorio de la República Argentina por un período superior a 90 días corridos.
Verificado el incumplimiento del requisito de residencia, se procederá a la suspensión del beneficio hasta tanto la persona titular solicite la activación del mismo y se demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país, excepto cuando se trate de prestaciones respecto de las cuales, dicho incumplimiento, implique la pérdida de derecho, en cuyo caso se procederá a la baja de las mismas.
A los fines de ejercer el control en la percepción de la bonificación zona austral dispuesta por la Ley 19.485, deberá entenderse que la ausencia del país por un período superior al de 90 días corridos importará la pérdida del derecho a la citada bonificación. Verificado el incumplimiento se procederá a la baja de la bonificación, debiendo ser solicitada y probado el derecho a la misma para ser abonada nuevamente. Vigencia: a partir del 7 de octubre de 2024.