Asignaciones familiares
Se bajaron los topes de ingresos y menos trabajadores las cobrarán
Se modificó a través del decreto 194/24, del lunes 26/2/24 , los topes que regían para la percepción de asignaciones familiares, al reducir de $1.980.000 a $1.077.403 el límite de ingresos a nivel individual y de $3.960.000 a $2.154.806 el tope máximo familiar.
El decreto se amparó en “la emergencia pública” que rige hasta el 31 de diciembre de 2025,
La medida del Gobierno afecta a las asignaciones familiares, tales como la Asignación por Nacimiento, por Adopción, por Matrimonio, por Cónyuge, Asignación Prenatal, Asignación por Hijo, por hijo con discapacidad y a las Ayudas Escolares Anuales.
Lo dispuesto del decreto será de aplicación para las asignaciones familiares cuya puesta al pago se realice a partir del mes de febrero de 2024.
Cuál es el tope de ingreso para cobrar las asignaciones familiares
Ahora, queda de esta manera:
- Tope máximo de ingreso del Grupo Familiar: $2.154.806.
- Toe máximo individual de cada integrante del Grupo Familiar: $1.077.403.
Esto bajo un 45%, y son valores que quedan fijos hasta mayo 2024
Cuánto subirán las asignaciones familiares desde marzo
Todas las asignaciones familiares aumentarán un 27,18%, excepto la Ayuda Escolar Anual, que aumentará a $70.000
- Asignación Familiar por Nacimiento: $30.628,75
- Asignación Familiar por Adopción: $183.155,73.
- Asignación Familiar por Matrimonio: $45.863,65.
- Asignación Familiar por Prenatal: $26.276,65.
- Asignación Familiar por Hijo: $26.276,65.
- Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad: $85565,43.
- Asignación Familiar por Cónyuge: $6370
Y la ayuda escolar anual cuánto es?
,ERA DE 17.000 Y PASÓ A $ 70.000. ES UNA VEZ AL AÑO
Una buena en el decreto: Deducción en Ganancias y Asignaciones Familiares
Como beneficio para los empleados y autónomos con hijos , se deroga el artículo 6° de la Ley N° 27.160, que establecía que no podía un mismo titular recibir prestaciones del régimen de asignaciones familiares y a la vez aplicar la deducción especial por hijo o cónyuge prevista en el Impuesto a las Ganancias.
Esta modificación, según la normativa actual, sólo aplicaría a quienes quedaron en el régimen general de impuesto a las ganancias, como los directores, síndicos y miembros de consejos de vigilancia de sociedades anónimas etc.
El resto, sigue aplicando el denominado “Impuesto cedular a los mayores ingresos” con un MNI de 180 salarios, mínimos, vital y móvil (SMVM) en el año.
180 x 180.000: 32400.000 /12: por mes $ 2700.000 para febrero de 2024
Para marzo será de 180×202800. : $ 36504000/12 por mes $ 3042000
(El salario mínimo, vital y móvil es de $180.000 en el mes de febrero y de $202.800, desde marzo)
Que había pasado a finales de 2023: En diciembre se habían aumentado los montos y el límite salarial que dan derecho a los trabajadores y otros beneficiarios a acceder a asignaciones familiares. En aquella oportunidad, siendo Sergio Massa ministro de Economía, el monto subió de $ 1.401.750 a $ 3.960.000 por grupo familiar. La intención, en ese momento, era que coincidiera con el piso del pago al Impuesto a las Ganancias. Eso había beneficiado a muchos trabajadores que comenzaron a cobrar el salario familiar de sus hijos, pero ahora lo dejaran de cobrar
Ahora, el Gobierno fijó que “el límite de ingresos máximo correspondiente al grupo familiar muy bajo, Es decir, si una familia cobra $2.154.806 dejará de tener acceso a este tipo de asistencia estatal.
Para que trabajadores se produce este límite que los perjudica.
El tope de ingresos que ahora se reduce es el que rige para cobrar la asignación mensual por hijo menor de 18 años del sistema de trabajadores registrados (es decir, no hay modificaciones a la AUH, que alcanza a trabajadores desocupados e informales) y también la ayuda escolar anual, para la que recientemente se estableció una suba del monto, para llevarla a $70.000.
Para que prestaciones del salario familiar es el nuevo límite:
El tope de ingresos rige para el acceso a las prestaciones por cónyuge y por determinados eventos de la vida familiar: nacimiento, adopción y matrimonio, y para el cobro de la prestación prenatal. En cambio, no hay techo de ingresos permitidos para el cobro de la asignación mensual por hijo con discapacidad ni para la ayuda escolar por hijo con discapacidad.
Como se calcula ese límite máximo en cada trabajador? :
Para definir si corresponden las asignaciones familiares –en función de los topes vigentes en cada período–, se consideran las remuneraciones brutas y las sumas no remunerativas de los empleos dependientes, excluyendo el aguinaldo. También se suman los ingresos que eventualmente tengan los padres por alguno o algunos de los siguientes conceptos, según informa en su página la Anses:
Trabajo en calidad de autónomo o monotributista (se toman en cuenta las rentas de referencia), jubilación, pensión, prestación por desempleo, plan social, asignación familiar por maternidad y prestación contributiva o no contributiva de cualquier tipo.
Monotributistas
En el caso de las personas que están anotadas en el monotributo, cobran un determinado monto en concepto de asignación por hijo menor de 18 años dependiendo de la categoría en la que estén, según el siguiente esquema:
-Categorías A, B y C: corresponde el monto más alto de la tabla, que hasta ahora es de $20.661 y que con el reajuste por movilidad de marzo sube a $26.277.
-Categorías D y E: hasta ahora la prestación es de $13.934, en tanto que en marzo deberá ubicarse en $17.722.
-Categorías F, G y H: la asignación actual es de $4345 y con la movilidad del mes próximo sube a $5526.
-Categorías I, J y K: no corresponde la asignación mensual por hijo menor de 18 años; sí se cobra la prestación por hijo con discapacidad.