Bienes personales el Gobierno volvió a prorrogar el plazo para la repatriación
El Gobierno prorrogó una vez más el plazo previsto en el impuesto a los Bienes Personales para la repatriación de activos financieros correspondiente al período fiscal 2023. De esta manera, la fecha final pasó del 30 de abril al 31 de mayo de este año.
La medida se comunicó a través del Decreto 378/2024 publicado este jueves en el Boletín Oficial, en el que se reconocen los mismos argumentos que a fines de marzo de este año llevó al Poder Ejecutivo a dictaminar la extensión del plazo.
Mediante el Decreto N° 281 del 26 de marzo de 2024, se prorrogó originalmente el plazo previsto en el impuesto a los Bienes Personales hasta el 30 de abril de 2024 para “permitir que los responsables del impuesto y los profesionales en Ciencias Económicas cuenten con un plazo adicional para adoptar la decisión que consideren conveniente y para desarrollar las tareas vinculadas a la repatriación”.
La normativa 378 rubricada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y el ministro de Economía, Luis Caputo, señala que actualmente “subsisten los motivos que llevaron al dictado del Decreto N° 281/24, por lo que resulta menester establecer una nueva prórroga del plazo en cuestión hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive”.
Bienes Personales: prorrogan una vez más el plazo para la repatriación Por ese motivo, el presidente ordenó prorrogar “desde su vencimiento y hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive, la fecha de repatriación prevista para el período fiscal 2023, a los fines de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 912 del 30 de diciembre de 2021”.
A fines de abril vencía el plazo para realizar la repatriación de activos ubicados en el exterior establecido en la ley del Impuesto sobre los Bienes Personales. Dicha repatriación permitirá acceder a las alícuotas reducidas en la declaración correspondiente al período fiscal 2023. Vale mencionar que las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales de las personas humanas vencen a mediados de junio de 2024.
Cabe recordar que desde el año 2017 la normativa castiga con alícuotas mayores las tenencias de bienes en el exterior. Sin embargo, la repatriación es una alternativa para poder acceder a alícuotas sin incremento para los bienes situados en el exterior.
Cómo acceder a los beneficios de repatriación Para obtener el beneficio los fondos deberán permanecer depositados hasta el 31 de diciembre, inclusive, del año calendario en que se hubiera verificado la repatriación.
Sin embargo, podrán ser destinados a su venta en el mercado libre de cambios (a tipo de cambio oficial), a través de la entidad financiera que recibió la transferencia original desde el exterior, y otras inversiones como fideicomisos de inversión productiva que constituya el Banco de Inversión y Comercio Exterior y fondos comunes de inversión específicos regulados por la CNV, sin que estos destinos afecten la obtención del beneficio.