Cuando un contador debe anotarse en la UIF como sujeto obligado
Contadores Públicos que actúan como Auditores y/o Síndicos Societarios:
Cuando son responsables de Información a la UIF y deben anotarse
Hubo Actualización del umbral UIF a partir del 1º de enero de 2024
En virtud de la Resolución 84/2023 e la Unidad de Información Financiera, a partir del 1º de enero de 2024 se ha actualizado el umbral sobre el activo que debe ser considerado por los Contadores Públicos, que prestan servicios de auditoría externa de estados contables y/o sindicatura societaria, para determinar si califican o no como sujetos obligados.
La Resolución UIF Nº 84/2023 utiliza como unidad de medida el Salario Mínimo, Vital y Móvil fijado por el Consejo Nacional Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente al 31 de diciembre del año calendario anterior y al 30 de junio del año calendario corriente, según corresponda.
De esta forma y considerando que la Resolución Nº 15/2023 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL fijó en $156.000 el Salario Mínimo, Vital y Móvil a partir del 1° de diciembre de 2023, el nuevo umbral para el semestre enero/junio 2024 asciende a la cifra de $ 624.000.000.
Descripción | Umbrales en SMVM (Resolución UIF 84/2023) | Umbral para el semestre enero/junio 2024 | Umbral anterior para el semestre junio/diciembre 2023 |
Prof. en Ciencias Económicas –Contadores Públicos. Resolución UIF Nº 65/2011. (Art. 2, inciso e, B-i) | 4.000 | $ 624.000.000 | $ 351.948.000 |
Por lo tanto, si sos contador que audita balances, con activos de más de $ 624.000.000, debes estar anotado en la UIF como unidad de información sujeto obligado, debes leer las resoluciones del ente e informar si amerita casos sospechosos, sino amerita informar solo debes estar anotado y abrir las notificaciones que manda la UIF y leerlas.