Como liquidamos sueldos mes de julio de comercio
Empleados de comercio: se acuerda un incremento total del 28% en el trimestre.
El Sindicato y las Cámaras del sector cerraron la revisión paritaria correspondiente al trimestre julio – septiembre 2023
El mismo consta de un incremento de los salarios en un 22,5%, el cual se abonara en tres cuotas iguales de 7,5% durante los meses de julio a septiembre.
Además, pautaron una recomposición del 4,5% a abonar en el mes de julio en concepto de recupero del trimestre anterior.
Los detalles del acuerdo julio 2023
El acuerdo salarial se aplica solamente a la rama general de Empleados de Comercio CCT 130/75, no aplica a rama acopio, centros de contacto ni turismo.
Así se acordó recomponer la base de cálculo estableciendo para julio un aumento tomando los básicos de junio incrementados en un 4,5% originado por diferencia de los índices de inflación del trimestre abril-junio y sobre el resultante aplicar un 22,5% para el trimestre julio-septiembre a abonarse de la siguiente manera: 7,5% desde julio, 7,5% desde agosto y 7,5% desde septiembre no remunerativo y no acumulativo. Todos estos incrementos toman como base de cálculo las nuevas remuneraciones básicas de julio de 2023.
Los montos no remunerativos mencionados se incorporarán a las escalas del mes de octubre de 2023, por su valor nominal.
Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de julio de 2023 y hasta el 31 de marzo de 2024, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de octubre de 2023 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.
Se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego.
El aumento salarial es del 28% trimestral, y se establece en dos partes, una remunerativa en julio, y otra no remunerativa para el trimestre julio-septiembre.
Aumento del básico Julio 2023
Para julio, se incrementan las remuneraciones s básicas de convenio en un 4.5%, tomando como base de cálculo los básico vigentes a junio.
Por lo tanto, en julio tenemos nuevos básico de convenio, es decir que el aumento del 4.5% es remunerativo.
Aumento no remunerativo del 22.5%
Se establece un aumento no remunerativo del 22.5% no remunerativo, que se aplicará de manera escalonada durante el trimestre julio-septiembre, de la siguiente manera:
- 7.5% en julio 2023
- 7.5% en agosto 2023
- 7.5% en septiembre 2023
Base de cálculo: En los tres casos, la base de cálculo son los nuevos básico de julio, que ya incluyen el 4.5% de aumento de este acuerdo.
De esta manera, el aumento efectivo es del 28% para todo el trimestre.
Este incremento, no remunerativo, se liquidará en el recibo de sueldos bajo la denominación:
“Incremento No remunerativo – Acuerdo Julio 2023”
Repasemos el Acuerdo del trimestre anterior
El último acuerdo del 14 de abril, homologado por la Resolución (ST) 647/2023, establecía un aumento del 19,5% en tres cuotas de 6,5% a partir de los meses de abril, mayo y junio.
Además, las partes en dicho acuerdo pactaron una suma fija no remunerativa por única vez equivalente a $25.000 que fue abonada en abril y mayo de este año.