Declaración jurada de funcionarios públicos- quienes y cuando
Los funcionarios públicos tienen plazo hasta el 31/7 para presentar sus Declaraciones Juradas Anuales 2022
Se prorroga hasta, el día 31 de julio de 2023 (antes 30/05), el plazo de vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales correspondientes a las obligaciones Anuales 2022.
La presentación se efectúa por el Servicio AFIP “Mis Aplicaciones WEB”: F.1245.
Repasamos para quien es esta obligación:
Presentar Declaración Jurada para funcionarios públicos
Te explicamos en qué casos y cómo tenés que realizar la presentación.
Según el nivel jerárquico o la naturaleza de la función que ocupes en la administración pública (temporal o permanente, remunerada u honoraria), podrías estar obligado a presentar tu Declaración Jurada Integral.
¿Cuándo tengo que presentarla?
Tenés que hacerlo según este cronograma:
- una Declaración Jurada dentro de los 30 días hábiles de asumir en el cargo (Declaración Jurada de Alta);
- una Declaración Jurada Anual, que debe ser presentada hasta el 30 de mayo del año siguiente. (PRORROGADA HASTA 31 JULIO 2023)
- una Declaración Jurada por cese en el cargo, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que se produzca la baja (Declaración Jurada de Baja).
¿A quién está dirigido?
A funcionarios de la Administración Pública Nacional, desde el Presidente de la Nación hasta los funcionarios con cargo de Director Nacional o equivalente, como también:
- funcionarios o empleados públicos integrantes de comisiones de compras y contrataciones;
- responsables de otorgar habilitaciones administrativas para el ejercicio de cualquier actividad o de controlar su funcionamiento;
- encargados de controlar o fiscalizar ingresos públicos;
- responsables de tareas de dirección, organización o coordinación relacionadas con los objetivos propios del área a su cargo.