Monotech
Se viene el monotributo tecnológico, “monotech”
Falta aún que salga la ley: pero lean esto, permitiría a los freelancers facturar en dólares (hasta cierto límite) sin necesidad de liquidarlos en el mercado de cambios.
Hoy, gran parte de quienes prestan esos servicios cobran en el exterior y no declaran las exportaciones porque no están dispuestos a vender los dólares al tipo de cambio oficial de $190, aproximadamente. El monotech les permite a los pequeños exportadores de servicios poder disponer de los dólares y retirarlos en efectivo, como así también venderlos en la Bolsa obteniendo un tipo de cambio implícito cercano a $358″
Habrá cuatro categorías. Las primeras tres son para los que no estén inscriptos en el monotributo actual. La categoría 1 incluye a los que exporten hasta US$10.000 al año; la 2, hasta US$20.000, y la 3, hasta US$30.000.
El monto mensual que pagará cada categoría del monotech tiene su equivalencia en las escalas del monotributo tradicional. Para la primera categoría, la que factura hasta US$10.000 anuales, tendrá que pagar el equivalente al tributo integrado de la escala D, que desde enero son $9245,06 por mes.
Para la segunda categoría, con tope de US$20.000 por año, se deberá pagar el monto integrado de los inscriptos a la F, que tras la última actualización pasó a ser de $15.712,40 mensuales. Por último, quienes queden contemplados en la categoría 3 abonarán el equivalente a la escala H, que según la AFIP es de $31.347,16.
La ley prevé los casos de contribuyentes que se anoten en el monotech pero que estén también bajo el monotributo local. Para ellos, al tributo que paga cada una de las tres categorías deberá sumarse el impuesto integrado de la categoría H, es decir, de $20.460,26, salvo que su inscripción sea en escalas más altas (I, J o K), que tienen montos más altos ($25.575,36, $30.054,72 y $34.526,76, respectivamente)
Esta es una novedad esperada para Pequeños Contribuyentes que realicen actividades de la economía del conocimiento y/o efectúen cualquier tipo de prestación de servicios en el exterior y un régimen cambiario para pequeños contribuyentes tecnológicos que posibilita que estos sujetos se encuentren exceptuados de la obligación de liquidar las divisas percibidas al dólar oficial .
El pago de una cuota fija , incluye al impuesto a las ganancias, al IVA y al sistema previsional, destinado a los Pequeños Contribuyentes que realicen actividades de la economía del conocimiento y/o efectúen cualquier tipo de prestación de servicios, siempre que se traten de actividades desarrolladas en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior y un régimen cambiario para pequeños contribuyentes tecnológicos que posibilita que estos sujetos se encuentren exceptuados de la obligación de liquidar las divisas percibidas en el Mercado Libre de Cambios (MLC).
Los “ingresos deben ser por exportación de servicios comprendidos en la ley de Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, y también, en cualquier prestación de servicios. La condición que es que los cobros sean provenientes del exterior e inferiores o iguales al equivalente a 30 mil dólares devengados en los últimos doce meses”.
“Cada contribuyente que esté en condiciones de adherirse a este régimen específico de Mono-Tech puede compatibilizarlo, no solamente con sus otras actividades inscriptas bajo otros regímenes que pueden ser no solamente el monotributo común o el régimen general de ganancias e IVA
Hoy en día, si los servicios al exterior hacen una factura E, deben liquidar la cobranza a los 5 días en el país, entra en pesos al valor oficial
Aunque desde el año pasado, ya se había reglamentado que los primeros 12,000 dólares del año, podrían entrar a dólar billete en la cuenta bancaria de cada emprendedor.
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