PROTOCOLOS DE LAS EMPRESAS FAMILIARES
LOS PROTOCOLOS FAMILIARES SE PUEDEN INSCRIBIRSE EN LA INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
En Argentina entre el 80% y 90% de las compañías son de carácter familiar y representan más del 50% de la actividad económica.
Son actores centrales de la economía local y tienen un fuerte impacto en la generación de riqueza, empleo y producción de cada región.
Sin lugar a dudas uno de los mayores desafíos para la continuidad de la empresa familiar es el traspaso del mando de una generación a otra que ocasiona, en muchas oportunidades, conflictos de coexistencia difíciles de superar.
Por estos motivos, la Inspección General de Justicia dictó la Resolución General 19/2021 habilitando la inscripción de protocolos de empresa familiar. Se trata de una valiosa herramienta para prevenir, gestionar y solucionar conflictos al transferirse el mando de una compañía familiar.
La resolución indica que el protocolo:
I) Deberá estar firmado por todos los socios de la sociedad cuyos integrantes estén unidos por lazos de parentesco por consanguinidad y/o afinidad, sin perjuicio de su firma por terceros no socios o no familiares,
II) Constar en escritura pública o en instrumento privado con firmas certificadas por escribano, iii) su inscripción debe ser solicitada por el órgano de administración acompañando el acta respectiva, iv) tiene como único efecto permitir a los terceros conocer su existencia y alcances.-
Alguna de las normas y pautas que pueden incluirse en el protocolo de familia para prevenir conflictos son las siguientes:
Historia, misión y valores de la empresa,
-Requisitos para la incorporación de nuevas generaciones,
-Política de capacitación y formación de los miembros,
-Política de distribución de ingresos,
-Sistema de resolución de conflictos,
-Uso de los recursos de la empresa (vehículos, inmuebles, maquinarias, etc.).
Correspondan a las sociedades comerciales inscriptas en el Registro Público.
La Inscripción es voluntaria.
Norma Resolución General 19/2021
ESTO DICE LA PÁGINA DE LA IGJ:
Podés inscribir el protocolo de empresa familiar si la totalidad de los socios de la sociedad están unidos por lazos de parentesco por consanguinidad y/o afinidad, sin perjuicio de su firma por terceros no socios o no familiares.
La inscripción del protocolo en el Registro es voluntaria y se inscribirá un único protocolo por sociedad.
La inscripción debe ser solicitada por el órgano de administración acompañando el acta respectiva. Si la conformidad de todos los socios con la registración del protocolo no surgiere de su texto, deberá acreditarse por instrumento separado a los fines de lo establecido por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.
La inscripción del protocolo en el Registro Público de tendrá como único efecto permitir a los terceros conocer su existencia y alcances, sin que implique presunción legal de conocimiento ni presunción de legalidad de sus cláusulas, lo que se hará constar en el testimonio que se expida.
¿Qué necesito?
Completar el Formulario Protocolo de empresa familiar
Pedido de inscripción de protocolo de empresa familiar: Escritura pública o instrumento privado con firmas certificadas por escribano.
Dictamen de precalificación profesional que consigne el cumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución 19/2021 y de los requisitos generales exigidos por el Anexo A de la RG 7/2015 y sus modificaciones en cuanto correspondan