Bienes Personales: AFIP extendió un plazo para empresas
7 DE JUNIO DE 2022
Que se paga: cada sociedad debe pagar nuevamente este año, el 0,5% de su patrimonio, ajustado por inflación según figura en su balance contable. Luego podrán pedirle a los socios que le repongan ese monto, ya que la obligacion es que lo pague la sociedad, pero es a cargo de cada socio.
Cuando se debe pagar :
La AFIP extendió el plazo para que empresas y sociedades presenten, en su carácter de responsables sustitutos de las personas humanas, la declaración jurada y realicen el pago del impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente a las acciones y/o participaciones societarias del período fiscal 2021.
La Resolución General 5203/2022 que se publica este martes en el Boletín Oficial dispone que se tomarán por cumplidas las declaraciones juradas y el pago de impuesto sobre los Bienes Personales-Acciones o Participaciones societarias correspondientes al período fiscal 2021 cuando ocurran hasta las siguientes fechas:
Terminación CUIT Fecha de presentación y Pago
* 0, 1, 2 y 3 23/06/2022, inclusive
* 4, 5 y 6 24/06/2022, inclusive
* 7, 8 y 9 27/06/2022, inclusive
Los nuevos plazos coinciden con la prórroga dispuesta hasta fines de junio para el vencimiento del impuesto sobre los Bienes Personales para facilitar las tareas de cumplimiento.
La AFIP habilitó el nuevo aplicativo “Bienes Personales – Acciones y Participaciones Societarias- Versión 5.0”.
Consultas a info@estudiopiacentini.com.ar o 155143-5065