Balances cerrados desde 31/12/2021 y el ajuste por inflación impositivo: una ventaja
La Afip permitía computar el ajuste por inflación en la DDJJ de ganancias de las sociedades, este AXI generalmente da pérdida porque las empresas tienen cuentas a cobrar en pesos y algo de liquidez, lo que genera perdida por el efecto de la inflación.
Pero Afip solo permitía computar 1/6, un sexto, de ese valor por año y sin ajustar, es decir se perdía en el tiempo.
En el Presupuesto 2022 se proponía seguir el ajuste por inflación en sextos, pero como no se aprobó, a partir de los ejercicios que cierran el 31 de diciembre de 2021 se podrá tomar el 100%, lo que generará menos impuesto a pagar para los contribuyentes. Una grata sorpresa.
Además, salió este fallo que fue a favor del contribuyente para el ajuste por inflación de años anteriores:
Ajuste por inflación. Improcedencia de su imputación en seis ejercicios
Acercamos el fallo “Bio Bahía SA c/EN – AFIP s/acción mere declarativa de inconstitucionalidad”, donde la Cámara Federal de Bahía Blanca confirma la posibilidad de aplicar el ajuste por inflación del impuesto a las ganancias en su totalidad, en el ejercicio iniciado a partir del 1/1/2019, sin tener que hacerlo en forma diferida en sextos –conforme lo dispone el art. 194 de la ley del gravamen-. |
Consultas a info@estudiopiacentini.com.ar o 155143-5065