INGRESOS BRUTOS CIUDAD YA SE REGLAMENTO BENEFICIO PARA QUIENES INICIAN ACTIVIDADES
AGIP de la ciudad de Bs As, ofrece una bonificación del 100% en 2022 para los nuevos inscriptos al régimen simplificado de INGRESOS BRUTOS
AGIP informó que los contribuyentes que se inscriban a partir del 1 de enero de este año 2022 en el Régimen Simplificado en la CABA “obtendrán una bonificación del 100% sobre las cuotas 1 a 6 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos durante el ejercicio fiscal 2022.
Este beneficio se extenderá hasta el 50% durante el segundo año (2023) siempre que el contribuyente permanezca dentro de la categoría de Régimen Simplificado (RS). Es importante señalar que no se deberá hacer trámite alguno ya que las bonificaciones se harán de oficio al momento de la inscripción.
La medida alcanzará a los nuevos contribuyentes que hayan iniciado o inicien actividades durante el ejercicio fiscal 2022 y que no registren inscripciones previas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos o hayan realizado el cese en el tributo con anterioridad al 1° de enero de 2017, para el reconocimiento del beneficio “deberán inscribir el domicilio donde se ejerce la actividad en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE), en los términos de la Resolución Nº 24-AGIP/22, requisito obligatorio y nuevo que implemento AGIP para contar con datos de los contribuyentes, partida inmobiliaria del local, datos personales, etc.
Se considerarán a los pequeños contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aquellos por las actividades alcanzadas hayan obtenido en el periodo fiscal 2021, ingresos brutos totales (gravados, no gravados, exentos) inferiores o iguales a $ 2.600.000, cifra que representa un aumento del 49,47% con relación al año anterior.
Además, será optativo para quienes sólo realizan actividades en la Ciudad de Buenos Aires y son personas humanas, sucesiones indivisas o las sociedades que tengan hasta 3 socios.
La eximición de ingreso no aplica para contribuyentes locales de Ciudad de Buenos Aires no adheridos al Régimen Simplificado ni para contribuyentes de Convenio Multilateral que desarrollen actividades en territorio porteño.
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