SUELDOS DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO: SE DEBEN LIQUIDAR LOS AUMENTOS EN EL MES DE NOVIEMBRE
En noviembre se activa un nuevo ajuste de los empleados del sector con un incremento del 9% más, no remunerativo pero que se calcula sobre el básico del mes de 5/2021
Ese nuevo no remunerativo no pagara cargas sociales, pero si el aporte a Osecac y Sindicato.
ESTE AUMENTO TENDRÁ VIGENCIA hasta el 31 de marzo de 2022, pero se ha mantenido el compromiso de las partes a reunirse en enero, para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.
Bajo este incremento, las categorías cobrarán:
– “Maestranza A” pasa a ser de $56.615,96, más un adicional no remunerativo de $14.154, lo que da un total de $70.769,96.
– En el caso del “Personal Auxiliar A”, con un salario inicial será de $57.436,17; se sumará un adicional no remunerativo el próximo mes de $14.359,03, y en total el sueldo quedará en $71.795.
– El mismo monto le corresponderá a un “Vendedor”, según las escalas publicadas por la Federación Argentina de Empleados de Comercio.
– “Administrativo A”, cobrará de básico en noviembre $71.538,9 por el adicional de $14.307,79 no remunerativo.
– Un “Auxiliar especializado”, que recién se inicia cobrará en noviembre $57.928,58 de básico, más $14.482,03 para alcanzar $72.410,61.
– La categoría “Cajero A” recibirá un sueldo inicial de $57.436,15, más $14.359,03 (no remunerativo), para alcanzar $71.795,18.
Tras la gratificación extraordinaria de única vez de $4.000, que se abonó durante agosto de este año, el incremento del 9% mantendrá su carácter no remunerativo hasta enero de 2022, momento en que se incorporará a los nuevos básicos de convenio por su valor nominal al aumento de empleados de comercio.
El monto que se otorgará este mes, no tiene impacto sobre los adicionales mientras mantenga su condición de no remunerativo y, por tanto, no se aplicará ningún equivalente hasta su incorporación en el aumento. Tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario.
También se acordó la prórroga en idénticos términos y condiciones, de julio a diciembre de 2021, ambos inclusive, del Convenio de emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad económica.