SUELDOS MENOS RETENCIONES
Impuesto a las Ganancias
Se elevó el piso a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia comienzan a tributar el impuesto.
A partir de los salarios de septiembre (que se pagan en octubre), los empleados con remuneraciones brutas mensuales de hasta $175.000, no sufrirán retenciones del impuesto por parte de sus empleadores. El piso anterior era de $150.000 y se había establecido por una ley aprobada en abril de este año.
La Ley 27.617 estableció un incremento de la deducción especial para los empleados cuyas remuneraciones brutas mensuales fueron mayores a $150.000 y hasta $173.000.
AHORA se elevó ese rango a más de $175.000 y hasta $203.000.
Un empleado soltero que cobre un sueldo de $175.000 brutos (o $141.100 netos) tendrá un ahorro de $16.180 mensuales (el 100% de la retención previo a la reforma). En el caso de un trabajador casado con dos hijos, el monto será de $8.645 (lo mismo que se retenía antes).
Aunque la modificación se aplica a los salarios de septiembre, que se pagan en octubre, al haber sido implementada a solo cinco días del cierre del mes, muchas empresas no podrán cumplir con el cambio. Por eso, de acuerdo a la normativa de la AFIP, en el caso de que el empleador haya realizado la liquidación de los haberes antes del dictado la normativa, la devolución del saldo a favor deberá realizarse en el primer pago que se le realice.