YA ESTA VIGENTE; RECONOCIMIENTO DE APORTES JUBILATORIOS POR TAREAS DE CUIDADO
Siempre veíamos en la práctica, que las mujeres llegaban a los 60 años, y no podrían jubilarse porque no llegaban a completar los 30 años de servicio y aportes, ya que, en los años de tener bebes, muchas dejaban de trabajar o no hacían los aportes autónomos,
tampoco les sumaba aportes cuando pedían licencias por maternidad y excedencia .
Ahora esto se modifico , – ¿En qué consiste la medida? – ¿A quiénes alcanza? – ¿Cómo se realiza el trámite? |
Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado
Para mujeres que tengan la edad requerida para jubilarse, no cuenten con los años de aportes necesarios y tengan hijas y/o hijos.
El Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos.
Esta medida iguala oportunidades y genera las condiciones necesarias para que miles de mujeres puedan acceder al derecho a jubilarse.
A quiénes les corresponde
- Mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.
- Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.
En qué consiste la medida
El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará:
- 1 año de aportes por hija/o.
- 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.
Asimismo, reconocerá de forma adicional 1 año por hija/o con discapacidad y 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.
Además, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.
Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes (Ley N° 24.476 y Ley N° 26.970).
Si ya tenes la edad para jubilarte, ya podes solicitar turno para asesoramiento ingresando a https://www.anses.gob.ar/reconocimiento-de-aportes-por-tareas-de-cuidado.