Estudio contable Piacentini -AFIP REGLAMENTÓ CAMBIOS EN EL MONOTRIBUTO
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, a través de la Resolución 5003/2021 (BO 2 de junio de 2021).
Los nuevos valores de las categorías de monotributo fueron actualizados de acuerdo a la variación del haber mínimo garantizado, un 35% . La actualización de los parámetros y los nuevos valores de las categorías a ingresar – impuesto integrado y cotizaciones previsionales -, tendrán efectos retroactivos , a partir del período enero de 2021 pasado , ya que se demoró en salir la ley y reglamentarla.
Asi , todos los Monotributista fueron categorizados por la afip en forma retroactiva por única vez. El procedimiento refleja la categoría que le correspondía encontrarse encuadrado a partir del 1 de febrero de 2021.
Los Monotributista se encuentran automáticamente encuadrados en la categoría que les corresponda en función de la información oportunamente declarada y aquella con la que cuenta la Afip .
La nueva categoría asignada puede consultarse a través de la Web de la AFIP. Los monotributistas podrán solicitar la modificación de la categoría hasta el día 25 de junio, inclusive.
Pagos de diferencias:
Las diferencias en concepto de impuesto integrado, cotización previsional y obra social, en virtud de la actualización de los valores de las obligaciones mensuales y/o de la categoría, correspondientes a los períodos enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2021, podrán ingresarse a través de alguna de las distintas modalidades de pago disponibles hasta el día 20 de julio de 2021.
Las diferencias podrán consultarse desde el 1 de julio de 2021 en el portal “Monotributo” seleccionando la opción “Estado de cuenta” o ingresando al servicio denominado “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, accediendo con Clave Fiscal. Los pequeños contribuyentes podrán regularizar las diferencias a través de un plan de facilidades de pago.
Excluidos y AUTOEXCLUIDOS DEL MONOTRIBUTO : quienes se hayan autoexcluido y pasaron al IVA desde el 10/2019 a 5/2021, tienen la oportunidad de reingresar al régimen simplificado del 5 al 31 de julio 2021 , siempre que no hayan superado el parámetro máximo de ese momento en un 25% .
Los que superaron el parámetro en un 25%, deben comunicarlo a la afip desde el 2 al 27 de agosto de 2021 y pueden tener otros beneficios de deducciones por pasarse al Iva y ganancias.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de junio de 2021