Nueva moratoria AFIP 2020. ¿Para quienes es beneficiosa?
Una nueva moratoria Afip en Argentina, analicemos los puntos principales de la Ley 27562, veremos que beneficia a las pymes, expulsa a las grandes empresas por sus requisitos. También hay un tímido premio para los que pagaron siempre, son cumplidores y necesitan moratorias.
1- Se incluyen las deudas previsionales, impositivas y aduaneras vencidas hasta el 31 de julio o sea, incluye todo lo que recauda la Afip, menos Art y Obra Social.
Novedad: incluye el impuesto a los combustibles e impuesto al juego… esto nunca entraba en las moratorias.
2- Hay plazo hasta el 31 de octubre para inscribirse en la moratoria.
3- El primer pago de la moratoria vencerá el 16 de noviembre, solo con debito automático en la cuenta bancaria
4- Las deudas previsionales se podrán pagar en un plazo de entre 48 y 60 cuotas.
Importante Autónomos lleva una condonación total de intereses, pero se paga el monto al valor actual. Es una oportunidad para los que les faltan algunos años de aportes para jubilarse.
5- Las obligaciones tributarias se podrán abonar en 96 o 120 cuotas.
6- La tasa de interés del plan de pago en cuotas será del 2% mensual hasta enero de 2021 y luego se aplicará una tasa variable, calculada por el BCRA-tasa BADLAR que es aproximadamente 30 % anual
7- Hay beneficios para Pymes,
Las empresas grandes tienen muchas más condiciones: en los próximos 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.
8- Novedad: Se establece un premio a los cumplidores y, en el caso del monotributo, una condonación del componente impositivo de 6 cuotas para las categorías A y B.
En caso de las categorías CyD será de 5 cuotas mensuales y consecutivas.
En las Categorías E y F será de 4 cuotas mensuales, en las Categorías G Y será de 3 cuotas mensuales, y en las I, J, K será 2 cuotas mensuales.
9- En ningún caso el límite del beneficio podrá superar los 17.500 pesos, no parece ser muy importante el beneficio.
Beneficio para Autónomos Cumplidores que no deben nada desde 2017 a 2020, una deducción en Impuesto a las ganancias para 2020, que vence en junio 2021, que serán aproximadamente $ 15.000 de ahorro.
10-. Habrá un descuento del 15% para quienes paguen al contado.
11- Las empresas no Pymes, si tienen activos financieros en el exterior deben repatriar por lo menos el 30% dentro de los 60 días., sino no podrán entrar en la moratoria.
12- La caducidad de la moratoria será por falta de pago de 3 cuotas para grandes empresas y de 6 cuotas para MiPyMES.
13-.Las organizaciones comunitarias, asociaciones civiles, cooperativas, asociaciones simples, fueron incluidas como beneficiarias de la moratoria.
14- Hay una condonación de intereses, cuanto más antigua es la deuda, más intereses se perdonan, además se perdonan todas las multas, las clausuras, etc. Es una buena oportunidad, por eso aconsejamos revisar que se debe desde 2014 al 31 de julio 2020: aprovechar y ahorrar intereses, no pagar ninguna multa, y liquidar la deuda en cuotas en el futuro.
15- El acogimiento al presente régimen producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y penales aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal respecto de los autores o las autoras.